Boletín Oficial
El Gobierno Eliminó Las Retenciones A Los Aceites Y Lubricantes: Los Detalles De La Decisión
La Medida, Que Entra En Vigencia El Martes 18, Apunta A Reducir Costos, Mejorar Precios De Exportación Y Reforzar La Competitividad De Un Segmento Industrial Con Creciente Valor Agregado.
El Gobierno Nacional Dispuso Llevar A 0% Las Retenciones A La Exportación De Aceites Y Lubricantes Derivados Del Sector Hidrocarburífero, Una Medida Que Regirá Desde Mañana Martes 18 De Noviembre Y Que Busca Reducir Costos, Ganar Competitividad Frente A Proveedores Internacionales Y Promover Un Mayor Nivel De Valor Agregado En El País. Hasta Ahora, Estos Productos Tributaban Un 8% Al Salir Al Exterior.
La Decisión Se Formalizó Mediante El Decreto 811/2025, Publicado Este Lunes En El Boletín Oficial Con Las Firmas Del Presidente Javier Milei, El Jefe De Gabinete Manuel Adorni Y El Ministro De Economía Luis Caputo. La Norma Elimina La Alícuota Vigente Desde 2020 Y Anexa El Listado De Posiciones Arancelarias Alcanzadas Por La Desgravación.
En Los Considerandos, El Ejecutivo Justifica La Medida Como Parte De Una Estrategia Más Amplia De Simplificación Tributaria, Estímulo A La Producción Con Valor Agregado Y Fortalecimiento Del Perfil Exportador De La Industria.
Plantea Que La Baja A Cero Se Orienta A «asegurar El Máximo Posible De Valor Agregado En El País», Mejorar Precios De Exportación Y Reducir La Brecha Frente A Competidores Globales, Sin Afectar De Modo Significativo La Recaudación.
El Decreto También Se Apoya En Las Facultades Que Otorga El Código Aduanero (artículo 755) Para Modificar, Fijar O Eliminar Derechos De Exportación Con Fines De Política Económica. Y Remite Como Antecedente Directo Al Decreto 305/2025, Que Ya Había Eliminado Retenciones Para Otros Bienes Industriales.
El 811/2025 Deja Sin Efecto El Esquema Vigente Del Decreto 488/2020, Que Establecía La Alícuota Del 8% Para Las Posiciones Arancelarias Ahora Incluidas En El Nuevo Anexo. Además, Como Todo Decreto Delegativo, Deberá Ser Remitido A La Comisión Bicameral Permanente Del Congreso, Encargada De Dictaminar Sobre Su Validez Para Luego Elevarlo Al Plenario De Ambas Cámaras.












