Ampliaron la lista de medicamentos que pueden comprarse sin receta: ¿Cuáles son?

Publicado 28 julio, 2026 | Salud

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso que una serie de medicamentos pasen a venderse bajo la condición de venta libre, por lo que podrán comprarse en farmacias sin necesidad de presentar receta médica.  

La medida quedó oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a especialidades medicinales que permanecieron al menos cinco años en el mercado bajo receta, período durante el cual demostraron un perfil de eficacia y seguridad que permitió modificar su condición de expendio.

La revisión fue realizada en cumplimiento de la Resolución 284/2024 del Ministerio de Salud, que encomendó a la ANMAT analizar qué medicamentos podían cambiar su condición de expendio. Para ello, el organismo evaluó la evidencia científica disponible, los antecedentes de farmacovigilancia y la experiencia acumulada con cada principio activo, además de comparar la regulación argentina con la vigente en agencias sanitarias de referencia internacionales.

Entre los criterios considerados, la ANMAT destacó que los medicamentos seleccionados demostraron ser eficaces para aliviar síntomas fácilmente identificables por los pacientes, poseen un amplio margen de seguridad y presentan un bajo riesgo de provocar reacciones adversas graves cuando se utilizan de acuerdo con las dosis y el tiempo de tratamiento indicados. Asimismo, remarcó que la venta libre no implica un uso indiscriminado y que las presentaciones deberán adecuarse a las dosis y la duración de tratamiento aprobadas para cada producto.

Los medicamentos alcanzados por la disposición son:

  • Trimebutina maleato 100 mg, en comprimidos o cápsulas para uso oral.
  • Levocetirizina diclorhidrato, en comprimidos de 5 mg y solución oral.
  • Fexofenadina clorhidrato, en comprimidos de 60 y 120 mg y solución oral.
  • Dimenhidrinato 50 mg, utilizado para prevenir y tratar mareos y náuseas.
  • Nafazolina + feniramina, en solución oftálmica para uso ocular.
  • Olopatadina, en gotas oftálmicas.
  • Carboximetilcisteína, en jarabe o solución oral.
  • Cloruro de aluminio hexahidratado, en loción tópica.
  • Carbonato de calcio + tintura de árnica + nitrato de plata, en polvo para uso oral y tópico.
  • Ivermectina al 0,5%, únicamente en su presentación de loción tópica.

La ANMAT aclaró que los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la disposición con el etiquetado actual. En cambio, los nuevos lotes deberán adecuar los envases y prospectos para reflejar la condición de venta libre e incorporar un código QR con la información correspondiente.

Además, los titulares de los registros deberán adaptar las presentaciones comerciales a las dosis, intervalos y duración de tratamiento aprobados para cada medicamento. La disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

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