ARCA volvió a prorrogar Ganancias: cuál es la nueva fecha para presentar la declaración jurada
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a prorrogar el vencimiento para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Las personas humanas y sucesiones indivisas tendrán ahora tiempo hasta el 22 de septiembre de 2026 para cumplir con la obligación.
La medida fue oficializada este martes mediante la Resolución General 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del director ejecutivo del organismo, Andrés Vázquez. La decisión alcanza tanto a los contribuyentes del régimen general como a quienes se encuentran adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La nueva resolución modifica nuevamente el calendario previsto para Ganancias 2025. ARCA había llevado inicialmente el vencimiento al 27 de julio y posteriormente había concedido una nueva extensión hasta el 27 de agosto . Ahora, la fecha límite para presentar la declaración jurada pasa al 22 de septiembre.
Sin embargo, la prórroga no modifica el vencimiento para pagar el saldo del impuesto , que se mantiene en el 27 de julio de 2026 . Es decir, el organismo extendió el tiempo disponible para confeccionar y presentar la declaración, pero no trasladó la fecha prevista para cancelar el monto resultante.
También postergaron el primer anticipo de Ganancias 2026
La normativa introdujo además un cambio para el primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026 , cuyo vencimiento original estaba previsto para agosto.
ARCA estableció que ese pago podrá efectuarse, de manera excepcional, hasta el 24 de septiembre de 2026 inclusive . La decisión responde a que el monto de los anticipos se determina tomando como base el impuesto liquidado en el período fiscal anterior.
En los fundamentos de la medida, el organismo señaló que «razones de administración tributaria tornan aconsejable extender nuevamente los plazos» para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Cómo presentar la declaración jurada
Para los contribuyentes comprendidos en el régimen general , la declaración jurada se confecciona y presenta mediante el servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado» , disponible en la página de ARCA, al que se accede con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
Por su parte, quienes hayan optado por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada cuentan con una declaración precargada por ARCA a partir de la información disponible en sus sistemas y la aportada por terceros. El contribuyente puede revisar los datos, modificarlos cuando corresponda y posteriormente confirmar y presentar la declaración.
En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2025 , la resolución no introdujo modificaciones: tanto la presentación de la declaración jurada como el pago del saldo mantuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.












