Fuerzas de seguridad podrán usar pistolas Taser

Publicado 7 mayo, 2019 | Nacionales

Siguiendo un protocolo.

El Gobierno aprobó el reglamento para el empleo de armas electrónicas no letales por parte de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales. La decisión se comunicó a través de la resolución 395/2019, que fue publicada este martes en el Boletín Oficial, cinco meses después de que el Ejecutivo anunciara la compra de unas 300 pistolas Taser.

En los considerandos de la norma, el Ministerio de Seguridad argumentó que la Ley Nacional de Armas y Explosivos «determina que las armas electrónicas que solo produzcan efectos pasajeros en el organismo humano sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento, están contempladas taxativamente dentro de la Categoría de ‘Armas y Municiones de Uso Civil’».

Y agregó: «La incorporación de armas electrónicas de uso no letal permitirá abordar situaciones operacionales en las que resulte necesaria la utilización de la fuerza sin el empleo de armas de fuego, siendo un medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes, brindando a las fuerzas policiales y de seguridad federales una opción táctica adicional en reemplazo de las armas de fuego».

 

Desde la cartera de Seguridad habían adelantado que, en una primera etapa, las pistolas Taser se utilizarían en aeropuertos, estaciones de trenes y espacios cerrados donde hay alta concurrencia de gente. El reglamento que figura en el anexo de la resolución no da precisiones sobre este aspecto, pero indica que solo se podrán usar «cuando resulten ineficaces otros medios no violentos», en los siguientes casos:

a) Para inmovilizar, proceder a la detención o para impedir la fuga de quien manifieste peligro inminente de lesionar a terceras personas o de auto lesionarse.
b) Cuando deba ejercerse la legítima defensa propia o de terceras personas.
c) Para impedir la comisión de un delito de acción pública.
Asimismo, el protocolo también aclara que, ante la necesidad de emplear estas armas, los oficiales deberán identificarse como tales a viva voz y advertir su inmediata intervención, «salvo que dicha acción pueda suponer un riesgo de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso».

A través del texto, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, se instruyó a las autoridades de la Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Naval y Gendarmería «a que procedan a la inmediata implementación de cursos de capacitación específica» para el uso de estas armas.

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