Concejal de Resistencia se presentó a sesionar con COVID-19 positivo

Publicado 29 diciembre, 2020 | Interior

El caso del concejal de Resistencia Mario Delgado, quien pese a saber que había dado positivo su test de hisopado de covid-19 no cumplió con el aislamiento obligatorio y asistió a dos sesiones del Concejo Municipal de Resistencia, debería tener una intervención judicial, ya sea del fuero federal o del porvincial, por violación de los artículos 202 y 203 del Código Penal Argentino, en el marco de la pandemia de coronavirus, al igual que ocurrió con otros casos similares.

En ese sentido, vale recordar el caso de las dos médicas de Resistencia (madre e hija), que volvieron al Chaco desde España, a fines de febrero de este año, infectadas de covid-19 (aunque sin saberlo), y fueron imputadas y procesadas por la Justicia Federal «por propagar el coronavirus».

Finalmente, ambas fueron sobreseídas, ya que la Justicia determinó que en el momento en que ellas ingresaron a la provincia no había ninguna restricción y que tampoco era obligatorio realizar una cuarentena, entre otras consideraciones.

Según pudo comprobar oficialmente DataChaco.com, Delgado se tomó la muestra para el hisopado el pasado domingo 20 de diciembre, a través del sistema público de salud, y ese mismo día le notificaron tonificaron del resultado positivo: «Hisopado nasofaríngeo – RESULTADO: SE DETECTA AG VIRAL DE SARS COV2 (COVID-19) EN LA MUESTRA ANALIZADA. Método: Det. antígeno de sars cov-2 por inmunocromatografía».

Sin embargo, a pesar de saber de su condición de paciente covid-19, el edil del Bloque del CER asistió a las sesiones del martes 22 y también del este martes 29, en las que se trató el proyecto de Ordenanza General Tributaria del 2021, que establece el aumento de impuestos municipales solicitado por el intendente Gustavo Martínez.

El resto de los concejales, al menos los que no pertenecen al oficialismo, tomaron conocimiento recién este martes, en plena sesión, de la situación de su par Delgado, y se desató un escándalo en el recinto, que terminó con los cinco ediles opositores abandonando el lugar.

LA JUSTICIA
La jueza federal Zunilda Niremperger procesó, tras un planteo hecho por los fiscales Patricio Sabadini y Federico Carniel, a las dos primeras pacientes con Covid-19 en la provincia, quienes arribaron al país desde España, el 28 de febrero y transmitieron la enfermedad a otras personas, en base a los artículos 202 y 203 del Código Penal.

Además de ese caso, hubo otras personas que también debieron afrontar una causa judicial, ya sea en el fuero federal o provincial, que hasta habilitó una fiscalía especial para atender esos expedientes. La mayoría de los casos eran por violar los decretos -tanto nacionales como provinciales-, que establecían las condiciones de la cuarentena.

Ahora, ante el caso del concejal Delgado, habrá que esperar qué postura toma la Justicia (federal u ordinaria), ya que se trata de un funcionario público de alto rango que a sabiendas de que tenía coronavirus no cumplió el aislamiento obligatorio y asistió a sesionar en dos ocasiones, poniendo en riesgo de contagio a otras personas.

CÓDIGO PENAL
El artículo 202 establece: Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

En tanto, el artículo 203: Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años.

Además, también entra en juego el artículo 205, que dice: Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

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