NACIONALES- CORRIENTES: HABILITAN DESDE LA SEMANA PRÓXIMA BOLICHES Y RECITALES EN CORRIENTES

Publicado 17 septiembre, 2021 | Interior

La Municipalidad de Corrientes amplia las medidas que rigen en la ciudad por la pandemia, habilitando la realización de espectáculos, recitales y recepciones. Todas estas medidas serán cumpliendo los protocolos establecidos y con previa autorización municipal. Así lo confirmó Juan Esteban Maldonado Yonna, Secretario de Desarrollo EconómicoLos comercios y organizadores de eventos deberán presentar declaración jurada, y el croquis del lugar a realizar las actividades, previamente a la subsecretaría de Comercio municipal para su aprobación.Se extiende el horario de cierre permitido hasta las 4 de la mañana. Estas medidas comienzan a regir desde el viernes 24 de septiembre. En los lugares se solicitará carnet de vacunación en formato físico o desde la aplicación Mi Argentina.“Decidimos permitir mas actividades teniendo en cuenta esta fase 5, y entendiendo que estamos en condiciones con todos los cuidados de permitir la realización de eventos y espectáculos”, aclaró el secretario de Desarrollo Económico Juan Maldonado Yonna.Cafés, bares, restaurantes y salones de eventos• Actividad permitida con 70% de aforo.• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.• Al ingreso de los clientes/asistentes a los establecimientos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina.• Para los espectáculos en establecimientos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.• Horario de cierre máximo: 4 am.Espectáculos• Se permiten actividades para observar -de pie- espectáculos, recitales, recepciones, actividades deportivas, etc., con aforo del 50%. Estadios cubiertos y al aire libre, graderías y tribunas.• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.• Al ingreso de los clientes/asistentes a los espectáculos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina .• Para los espectáculos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.

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