Recategorización para monotributistas en 2026 plazos, pasos y topes vigentes
La agencia fijó dos períodos obligatorios para que los contribuyentes revisen su escala y actualizó los topes de facturación y las cuotas mensuales que regirán durante el próximo año.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció las dos instancias en las que los monotributistas deberán revisar su categoría durante 2026. El trámite, que es obligatorio para quienes superen o no alcancen los parámetros de su escala actual, tiene fechas concretas y se realizará de manera completamente virtual.
La recategorización es el proceso mediante el cual cada contribuyente verifica si continúa dentro de los límites de su categoría o si corresponde pasar a otra. ARCA toma como referencia los ingresos brutos acumulados, el consumo eléctrico, el monto de alquileres y otros indicadores que permiten determinar si la actividad declarada coincide con los parámetros vigentes.
Cuando un monotributista excede los topes de su escala, debe avanzar a la siguiente o a la que se ajuste a sus registros para evitar sanciones. No realizar el trámite puede derivar en multas equivalentes al 50% del impuesto integrado y en liquidaciones retroactivas por diferencias no abonadas.
¿Cuándo se realizará el trámite en 2026?
ARCA definió dos ventanas de recategorización para el próximo año:
- Primera instancia: últimos días de enero y primeros de febrero.
- Segunda instancia: agosto de 2026.
¿Cómo hacer la recategorización?
El procedimiento es digital y se completa en pocos pasos:
- Ingresar a arca.gob.ar con CUIT y Clave Fiscal.
- Seleccionar «Recategorizarme» y luego «Confirmar recategorización».
- Actualizar los datos solicitados: ingresos, superficie afectada, consumo de energía, entre otros.
- Emitir el comprobante F.184 y descargar la nueva credencial de pago.
Quienes continúan dentro de los parámetros de su categoría actual no están obligados a recategorizarse.
Categorías y topes vigentes
Mientras se acerca el primer período de recategorización, ARCA ratificó los montos de facturación y las cuotas mensuales vigentes para diciembre:
- Categoría A: tope $8.992.597,87 – cuota $37.085,74
- Categoría B: tope $13.175.201,52 – cuota $42.216,41
- Categoría C: tope $18.473.166,15 – servicios $49.435,58 / bienes $48.320,22
- Categoría D: tope $22.934.610,05 – servicios $63.357,80 / bienes $61.824,18
- Categoría E: tope $26.977.793,60 – servicios $89.714,31 / bienes $81.070,26
- Categoría F: tope $33.809.379,57 – servicios $112.906,59 / bienes $97.291,54
- Categoría G: tope $40.431.835,35 – servicios $172.457,38 / bienes $118.920,05
- Categoria H: tope $61.344.853,64 – servicios $391.400,62 / bienes $238.038,48
- Categoría I: tope $68.664.410,05 – servicios $721.650,46 / bienes $355.672,64
- Categoría J: tope $78.632.948,76 – servicios $874.069,29 / bienes $434.895,92
- Categoría K: tope $94.805.682,90 – servicios $1.208.890,60 / bienes $525.732,01












