Acoso callejero: habrá multas y arresto para quienes lo practiquen

Publicado 8 noviembre, 2018 | Justicia

Este miércoles, la Cámara de Diputados sancionó la Ley N 2927- P, la cual modifica el Código de Faltas del Chaco, estableciendo sanciones para quienes acosen sexualmente en la vía pública o en lugares privados de acceso público a otras personas, sin que esto constituya delito.

Esta ley modifica el Art. 62 Inc A) del Código de Faltas de la Provincia del Chaco Ley 850 -P y prevé sanciones de arresto hasta treinta días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil, para quienes con actos o palabras torpes, ofendan la decencia pública.

Se prevé también, bajo criterio del juez, la concientización y reeducación de aquellas personas que cometan este tipo de faltas.

“Una aproximación para definir el acoso sexual callejero en espacios públicos o de acceso público es conceptualizarlo como todo acto de naturaleza o connotación sexual, cometido en contra de una persona en lugares o espacios públicos, o de acceso público, sin que medie consentimiento de la víctima y que produzca a la víctima intimidación, hostilidad, degradación, humillación, o un ambiente ofensivo en los espacios públicos”, señalaron desde la Legislatura.

Tweet
Share
Pin

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


  • Inicio
  • Programación
  • La Radio
  • El Clima
  • Contacto
facebook fmyancalla1003@yahoo.es
Teléfono: 0634 442-3494
Dirección: Azcuenaga 411
Presidente Roque Sáenz Peña,
Chaco, Argentina
© Yancalla Radio 2017 - Todos los derechos reservados