Anses oficializó el aumento de agosto: ¿Cuánto cobrarán jubilados y pensionados?

Publicado 30 julio, 2026 | Actualidad

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó los nuevos valores de las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares que regirán durante agosto. La actualización responde al mecanismo de movilidad mensual vigente desde julio de 2024, que ajusta los haberes de acuerdo con la inflación medida por el INDEC. 

Junto con el incremento, el Gobierno nacional confirmó mediante el Decreto 686/2026 el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000, destinado a reforzar los ingresos de los jubilados y pensionados de menores recursos.

Con este aumento, la jubilación mínima ascenderá a $419.734,71. Sumado el bono extraordinario, quienes perciban el haber mínimo cobrarán un total de $489.734,71 durante agosto.

Cómo quedan las prestaciones

Con la actualización oficializada por ANSES, los principales haberes previsionales serán los siguientes:

  • Jubilación mínima: $419.734,71. Con bono: $489.734,71.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $335.787,76. Con bono: $405.787,76.
  • Pensiones No Contributivas (PNC): $293.815,85. Con bono: $363.815,85.
  • Pensión para Madres de Siete Hijos: $419.734,71. Con bono: $489.734,71.

Quiénes cobrarán el bono

El bono extraordinario alcanzará a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a los titulares de pensiones no contributivas, entre ellas las otorgadas por invalidez, vejez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables abonadas por la ANSES.

El decreto establece que quienes perciban hasta un haber mínimo recibirán el bono completo de $70.000. En cambio, quienes cobren un importe superior accederán a un refuerzo proporcional, equivalente a la diferencia necesaria para que el ingreso total alcance los $489.734,71, monto que surge de la suma del haber mínimo más el bono máximo.

Las condiciones para acceder al beneficio

Para percibir el bono, la prestación deberá encontrarse vigente durante agosto, mes en el que se efectuará la liquidación. Además, el refuerzo tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos y no se computará para ningún otro concepto.

El decreto también aclara que, en el caso de las pensiones con varios copartícipes, el beneficio será considerado como correspondiente a un único titular, por lo que se abonará un solo bono.

Por qué se mantiene el bono extraordinario

En los fundamentos del Decreto 686/2026, el Gobierno sostiene que el refuerzo busca compensar el impacto que tuvo la anterior fórmula de movilidad jubilatoria, establecida por la Ley 27.609, sobre los haberes más bajos.

El texto oficial recuerda que desde julio de 2024 las jubilaciones se actualizan mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. Sin embargo, considera necesario mantener el bono para preservar el poder adquisitivo de los adultos mayores con menores ingresos.

No obstante, el bono extraordinario continúa congelado en $70.000 desde marzo de 2024, por lo que su incidencia dentro del ingreso total de los beneficiarios fue disminuyendo a medida que las jubilaciones se actualizaron por inflación.

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