El Gobierno Provincial formalizó prórroga de la cuarentena hasta el 9 de junio

Publicado 30 mayo, 2021 | PROVINCIALES

Es obligatorio el uso del Pasaporte Chaco para circular.

El gobernador Jorge Capitanich firmó  el Decreto provincial N°1176/2021 que define las medidas sanitarias que tendrán vigencia desde el 31 de mayo hasta el 9 de junio inclusive. La norma mantiene algunas de las medidas del decreto anterior, y habilita actividades específicas.

Tal como lo había adelantado durante la jornada del viernes 28 el gobernador Jorge Capitanich, las restricciones se mantendrán hasta el próximo 9 de junio, inclusive.

Entre las flexibilizaciones adoptadas por el gobierno provincial desde este 31 de mayo, se destacan la atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 de bares y restaurantes; se habilitan tres días a la semana los entrenamientos individuales en gimnasios, clubes y academias; se habilita el funcionamiento de Jardines de Infantes y Guarderías y el uso del transporte público de hasta un 50% de aforo en las unidades, entre otras decisiones.

Así, continuarán suspendidas las clases presenciales, la circulación restringida entre las 22 y las 6 del día siguiente, continúa la alarma sanitaria a partir de las 21, las reuniones o eventos públicos o privados continúan prohibidos y los casinos y cines continuarán cerrados, entre otras.

Síntesis de las medidas estipuladas en el Decreto 1176:

• Restricción de circulación: En el horario comprendido entre las 22 horas y las 6 de la mañana de cada día exceptuando a trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

• Alarma Sanitaria: A partir de las 21 horas.

• Continúa siendo obligatorio el uso del Pasaporte Chaco para circular https://pasaporte.chaco.gob.ar/.

• Ingreso o egreso de la provincia: deberán presentar constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación.

• Reuniones – Eventos: No se encuentran permitidos eventos públicos y/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.

• Casinos – Cines: Deberán permanecer cerrados.

• Parques, Plazas, Espacios públicos: no se permite la circulación o permanencia.

• Administración Pública Provincial: Suspensión de términos y plazos administrativos en los tres poderes del estado provincial. Se dispone que los servicios considerados esenciales deberán ser cumplidos con guardias mínimas y/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.

• Sistema Educativo Provincial: Suspensión de clases presenciales en todas las modalidades y niveles educativos y se ratifica el dictado de clases a través de la plataforma digital “ELE”.

• Actividad y locales comerciales esenciales: Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales de 8 a 21 horas con reducción de aforo al 30% de la superficie disponible de cada espacio.

Se incorporan las siguientes medidas:

• Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre entre las 8 a las 22 horas. A partir de las 22 horas y hasta las 00 hs. se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).

• Transporte: Se habilita el uso de hasta un 50% de capacidad en las unidades. Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con Pasaporte Chaco.

• Agencias, Sub-Agencias de quiniela: se permite de 7 a 20:30 hs con atención reducida de personas en el local.

• Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas al aire libre con reducción de capacidad al 30% de la superficie disponible. En ningún caso la reunión religiosa podrá exceder las 100 personas

• Jardines – Guarderías: se habilita funcionamiento con protocolos.

• Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: Con el objetivo de lograr el restablecimiento gradual del sector, podrán funcionar en este período bajo las siguientes modalidades:

a) Gimnasios – Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los días lunes, miércoles y viernes en el horario comprendido entre las 6:00 y las 18:00 horas, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.

b) Clubes: Podrán funcionar en el mismo horario indicado en el párrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos físicos y/o de disciplinas deportivas individuales sin compartir elementos.

c) No se encuentra permitida la práctica deportiva grupal y/o de contacto, en espacios cerrados y/o al aire libre, el desarrollo de actividades con presencia de público o que impliquen concentración de personas, ni el desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean éstas federadas, profesionales y/o amateurs.

• Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remota y por audiencias virtuales

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