Médicos e institutos deberán informar cada caso de ACV e insuficiencia cardíaca

Publicado 20 agosto, 2026 | Salud

El Ministerio de Salud de la Nación incorporó al Accidente Cerebrovascular (ACV) y a la Insuficiencia Cardíaca (IC) descompensada al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS 2.0) como Eventos de Notificación Obligatoria. 

Esto quiere decir que, todos los profesionales, equipos asistenciales o instituciones de salud tienen el deber legal y sanitario de notificar cada caso confirmado, bajo normas y criterios comunes y extensibles a todas las jurisdicciones del país.

La medida busca fortalecer la vigilancia epidemiológica de ambas enfermedades y la capacidad de prevención y respuesta a nivel federal. En el caso del ACV, se deberán notificar los casos confirmados, definidos a partir de criterios clínicos y epidemiológicos.

La vigilancia permitirá estimar con mayor precisión su incidencia a nivel nacional y jurisdiccional, caracterizar el perfil de las personas afectadas, evaluar la utilización de las Unidades de ACV y medir indicadores como la mortalidad intrahospitalaria y la discapacidad alta. También permitirá identificar oportunidades de mejora en la organización de la red asistencial y orientar la planificación de recursos humanos, tecnológicos y financieros.

La relevancia de esta información se explica también por el carácter tiempo-dependiente de esta patología. Se estima que el 70% de los ACV son de origen isquémico y que la aplicación de terapias de reperfusión dentro de las primeras 4,5 horas reduce un 28% las secuelas neurológicas. Contar con información sobre los tiempos de atención y acceso a terapias de reperfusión permitirá también identificar en dónde existen oportunidades para mejorar la respuesta del sistema y generar información estandarizada y continua sobre el diagnóstico y tratamiento.

Cabe destacar que la notificación obligatoria de este evento se integra a las acciones que el Ministerio de Salud de la Nación viene desarrollando, en el marco del Programa Nacional para el Diagnóstico y Tratamiento del Accidente Cerebrovascular (PRONAC-ACV). El registro de los casos en el SNVS 2.0 permitirá generar información sobre el funcionamiento de la red, aportando evidencia para evaluar resultados y orientar su expansión.

En cuanto a la IC, la vigilancia se concentrará en las internaciones por cuadros descompensados, diferenciando las primeras de las reinternaciones. El registro permitirá conocer la incidencia y prevalencia de la enfermedad, identificar patrones de reinternación y evaluar la calidad de la atención para identificar oportunidades de mejora. También aportará información para fortalecer el seguimiento de los pacientes y mejorar la adherencia a los tratamientos, aspectos centrales para reducir nuevas descompensaciones y hospitalizaciones.

Esta enfermedad afecta aproximadamente a uno de cada 60 a 90 argentinos y su prevalencia supera el 10% entre las personas mayores de 65 años. En 2024, se registraron 26.404 fallecimientos por esta causa, mientras que las reinternaciones alcanzan aproximadamente al 15% a los 30 días y al 50% a los seis meses. Además, alrededor del 70% de los costos asociados a la insuficiencia cardíaca se vincula con las internaciones, lo que hace que el seguimiento y la prevención de nuevas descompensaciones sea un componente central para mejorar los resultados sanitarios y optimizar el uso de los recursos.

La incorporación del ACV y la insuficiencia cardíaca al sistema nacional de vigilancia forma parte de una estrategia integral para fortalecer la prevención, detectar brechas en la atención y orientar las decisiones sanitarias a partir de evidencia comparable y confiable.

Históricamente, la notificación obligatoria estuvo reservada de forma prioritaria al control de enfermedades transmisibles o brotes epidémicos. Su extensión formal a patologías no transmisibles graves reconoce que las emergencias vasculares y las cardiopatías avanzadas requieren el mismo rigor técnico y capacidad de respuesta coordinada a nivel federal.

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